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Ciudad Bolívar ya cuenta con Consejo Local de Vendedores Informales

Por: webmasterlocal
Publicado el: Octubre 2021

Cinco mujeres y dos hombres, hacen parte del nuevo Consejo Local de Vendedores Informales de Ciudad Bolívar, elegidos por la comunidad de la localidad, para un periodo de cuatro años.

El Consejo Local es la máxima instancia representativa del gremio en la localidad y está compuesto por siete integrantes, todos con voz y voto y con representatividad en el Consejo Distrital, escogido por la mayoría entre sus integrantes.

Los representantes de los vendedores ya posesionados ante el Alcalde local (e) Horacio Guerrero García y delegados del Instituto para la Economía Social IPES, son Haydee María Rodríguez Barreto, Hilda Janneth Castro Aguilera, Rosalba Díaz, Sandra Janneth Herrera, Sandra Milena Rodríguez González, Elver Herreño Suarez y Luis Carlos Neuta Alonso.

Los nuevos consejeros hacen parte de un proceso calificado como exitoso y como un nuevo modelo de participación el cual le permite a esta población una interlocución legitima y reconocida ante las distintas instancias distritales y nacionales.

En Ciudad Bolívar destaca la participación mayoritaria de las mujeres en este proceso y como una conquista más por el reconocimiento del derecho de las mujeres. A esto se suma el trabajo histórico de los vendedores ambulantes, desde la fundación de la localidad.

En cumplimiento al Decreto 092 que les da vida a los consejos locales y distrital, fue elegida Sandra Milena Rodríguez González como representante de Ciudad Bolívar ante el Consejo Distrital de Vendedores Informales. Sandra Milena es vendedora ambulante desde hace más de 20 años, residente en el barrio Lucero Bajo donde tiene su puesto de venta de ‘cachivaches’ y miembro de la Asociación Asocombul.

Los consejeros nombraron de igual forma a Sandra Herrera, Janet Castro y Luis Neuta, como integrantes de la comisión que se encargará de adelantar el nuevo reglamento interno del Consejo local.

¿Qué son los Consejos Locales de Vendedores Informales?

Los Consejos Locales de Vendedores (as) Informales, son el máximo órgano representativo del gremio en la localidad, y estarán compuestos por los siete (7) integrantes más votados de la localidad todos con voz y voto. Existirá un (1) consejo de vendedores informales por cada localidad del Distrito de Bogotá. Su periodo será de 4 años, contados a partir de la instalación por parte del Alcalde Local.
·         Con el propósito de garantizar la adecuada y efectiva participación de la mujer, cada Consejo Local debe estar compuesto como mínimo por cuatro (4) vendedoras informales.
 
 
 
¿Cuáles son las funciones de los Consejos Locales de Vendedores Informales?
 
Los Consejos Locales de Vendedores Informales tienen las siguientes funciones:

1. Llevar un registro consolidado y actualizado sobre las solicitudes de reconocimiento de vendedores(as) informales de su localidad con información de fecha de otorgamiento o negación según el caso.
2. Cada Consejo Local de Vendedores(as) Informales, deberá elegir un representante por localidad al Consejo Distrital de Vendedores(as) Informales, con el fin de garantizar una comunicación asertiva y una articulación apropiada, el cual se elegirá de acuerdo al reglamento establecido en cada consejo.
3. Promover la integración del gremio, fomentar y liderar mesas de trabajo, foros y reuniones que tengan como propósito el fortalecimiento de las relaciones entre los vendedores(as) informales de su localidad y la administración pública, así como el diseño de estrategias tendientes a mejorar ostensiblemente sus condiciones socioeconómicas y su calidad de vida.
4. Participar en las consultas, convocatorias y reuniones realizadas por las autoridades distritales tendientes a crear lazos de cooperación y participación en las políticas, planes y proyectos que por su naturaleza deban conocer.
5. Concientizar a los vendedores(as) informales de su localidad sobre la ocupación indebida del espacio público y sus consecuencias; y recomendar a las autoridades competentes medidas pacíficas, respetuosas de los derechos fundamentales, efectivas, viables y en lo posible concertadas de solución y reubicación.
6. Promover la vinculación de trabajadores informales al Sistema de Protección Social.
7. Los demás acordes con su naturaleza jurídica encaminadas al cumplimiento de su objeto.